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Obtención de Nacionalidad Guatemalteca

Obtención de Nacionalidad Guatemalteca para Nacionales de los Países Centroamericanos y Belice

Procedimiento para la obtención de Nacionalidad Guatemalteca para nacionales centroamericanos y Belice

La nacionalidad guatemalteca se solicita por medio de un memorial dirigido al Ministro de Relaciones Exteriores. Luego de recibido el memorial, se examina la documentación y se notifica al interesado que deberá ratificar su solicitud y cumplir con los requisitos que se le indiquen si el expediente no está completo. Posteriormente se da audiencia a la Procuraduría General de la Nación.

Con la opinión de la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Cancillería y el Dictamen de la Procuraduría, el Ministerio de Relaciones Exteriores procede a resolver la solicitud y a notificar al interesado.

HORARIO: 08:00 - 16:30 Ext.: 6123

REQUISITOS INDISPENSABLES PARA DAR TRÁMITE A LA SOLICIUD

  1. El Memorial debe contener los nombres y apellidos completos del interesado, edad, nacionalidad, estado civil, profesión u oficio y lugar para recibir notificaciones.
  2. El peticionario debe ser mayor de edad y el trámite es personal. No se admite representación y sólo pueden efectuar la solicitud personas civilmente capaces.
  3. Los nacionales de cualquier país de Centroamérica deben fundamentar la solicitud de Declaratoria de Nacionalidad Guatemalteca según en el artículo 145 de la Constitución Política de la República.
  4. Los nacionales de Belice deben fundamentar la solicitud de Declaratoria de Nacionalidad Guatemalteca en el artículo 19 Transitorio de la Constitución Política de la República. 

AL MEMORIAL DEBEN ACOMPAÑARSE LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS

  1. Certificación de Extranjero Residente, extendido por la Dirección General de Migración, con anotación expresa en la que conste que dicha inscripción está vigente, o constancia expedida por la misma Dependencia sobre dicho extremo.
  2. Certificación de Extranjero Domiciliado, extendida por el Registro Civil respectivo.
  3. Carta de Nacionalidad, extendido por la Embajada o Consulado de su país de origen.
  4. Pasaporte extranjero vigente.
  5. Constancia de carencia de antecedentes penales extendida por la Corte Suprema de Justicia de Guatemala.
  6. Constancia de carencia de antecedentes policíacos extendida por la Dirección General de la Policía Nacional de Guatemala.
  7. Certificado de carencia de antecedentes policíacos expedido por las autoridades del país en donde el interesado haya residido durante los últimos cinco años, debidamente legalizado.
  8. Comprobar que cuenta con medios fehacientes para su subsistencia.
  9. Salvo casos de exoneración basada en la reciprocidad internacional, comprobante de pago de la Cuota Anual de Extranjería (Dirección General de Migración).
 
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