Los requisitos previos para la legalización de documentos por el Departamento de Auténticas, según sea el caso, son los siguientes: CERTIFICACIONES EXTENDIDAS POR LOS REGISTRADORES CIVILES: Todas las firmas que aparecen en las certificaciones extendidas por los Registradores Civiles del Registro Nacional de las Personas -RENAP-, se deben legalizar por el Registrador Central de RENAP. Este trámite se realiza en las oficinas centrales de RENAP, en el Edificio Cortijo Reforma, Avenida Reforma 2-18, Zona 9, teléfono 2416 1900. Traslado de cadáveres al extranjero, además de la certificación de la partida de defunción legalizada, es necesario un certificado médico de defunción según el caso: - Si la persona falleció en hospital privado, el certificado médico debe ser legalizado en el Colegio de Médicos y Cirujanos, si el deceso ocurrió en hospital estatal, dicho certificado lo debe legalizar la Secretaría del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
- En los casos de defunción que intervenga un médico forense, el certificado debe ser legalizado por la Secretaría del Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
CONSTANCIA DE CARENCIA DE ANTECEDENTES POLICÍACOS: - Legalizar por la Dirección General de la Policía Nacional Civil la firma del jefe del gabinete criminalístico de la Policía Nacional Civil.
- Legalizar por la Jefatura de Registro y Trámite del Ministerio de Gobernación la firma del funcionario de la Dirección General de la Policía Nacional Civil.
CONSTANCIA DE CARENCIA DE ANTECEDENTES PENALES: - Legalizar por la Sub-secretaría de la Presidencia del Organismo Judicial la firma del funcionario de la Dirección de la Unidad de Antecedentes Penales del Organismo Judicial.
DOCUMENTOS EN LOS QUE INTERVIENE UN NOTARIO PÚBLICO: - Legalizar la firma del Notario en el Archivo General de Protocolos.
- Los Mandatos deben estar debidamente registrados en el Archivo General de Protocolos.
DOCUMENTOS EXTENDIDOS POR OTROS PROFESIONALES EN EJERCICIO PARTICULAR: - Legalizar la firma del profesional en el Colegio respectivo.
- Acreditar colegiatura activa.
TÍTULOS O DIPLOMAS UNIVERSITARIOS: - Legalizar la firma de quien emite el título o diploma por la Secretaría General de la Universidad correspondiente.
DIPLOMAS O CERTIFICACIONES DE ESTUDIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA O SECUNDARIA: - Legalizar la firma del Director del establecimiento educativo por el Supervisor de Área.
- Legalizar la firma del Supervisor de Área por la Dirección Departamental de Educación.
- Legalizar la firma del Director Departamental en el Ministerio de Educación.
TRADUCCIONES: - Legalizar la firma del Traductor Jurado en el Ministerio de Educación.
- Las traducciones deben ser realizadas por Traductor Jurado debidamente registrado en el Ministerio de Educación.
- No se legalizan traducciones realizadas en Guatemala, cuyo documento original no haya sido previamente legalizado por el Departamento de Auténticas.
DOCUMENTOS EXTENDIDOS POR DEPENDENCIAS DE LOS MINISTERIOS DE ESTADO Y OTRAS DEPENDENCIAS ESTATALES: - Legalizar la firma de quien extiende el documento por el Secretario del Ministerio que corresponda; o en su caso del funcionario correspondiente de la dependencia respectiva.
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